SANTIAGO
SANTIAGO
PUNTA CANA
SANTO DOMINGO
El 9 de octubre del año 2001 el Congreso Nacional aprobó la Ley No. 158-01 sobre fomento al desarrollo turístico para los polos de escaso desarrollo y nuevos polos en provincias y localidades de gran potencialidad, con el objetivo de acelerar un proceso racionalizado de desarrollo de la industria turística en todas las regiones con potencial y condiciones naturales para su explotación turística en todo el territorio dominicano.
El Impuesto al Patrimonio Inmobiliario es un impuesto que se paga anualmente, y que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario de las personas físicas, cuyo valor sea mayor de RD$7,019,383.00 (Para el 2017 pues varia anualmente). También se aplica sobre los establecimientos comerciales, profesionales e industriales,siempre que sean propiedad de las personas físicas, independientemente de su ubicación.
El bono de vivienda de bajo costo es un incentivo que se otorga a los adquirientes de viviendas clasificadas como viviendas de bajo costo para facilitar la adquisición de las mismas. Este incentivo podrá utilizarse para completar el inicial de la vivienda o aplicarse al capital insoluto del préstamo, en caso de que el adquiriente haya completado el inicial.